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Presidencialismo Acotado

Por: Raúl Contreras Bustamante

Más de cuarenta años han pasado desde aquella gran Reforma Política de 1977, promovida por el presidente José López Portillo e ideada por don Jesús Reyes Heroles, que reconfiguró nuestro sistema político —después de unas elecciones en las que sólo participó un candidato— y dio inicio a un largo proceso para acotar al presidencialismo mexicano.

Una serie de profundas reformas constitucionales se han dado en México desde aquel entonces y han transformado al país. Transitamos de un hiperpresidencialismo, donde el Poder Ejecutivo contaba con un amplio abanico de facultades constitucionales y meta-constitucionales que le permitieron influir y determinar muchas de las competencias de los poderes Legislativo y Judicial.

Gracias a la pluralidad política y a los acuerdos entre los partidos políticos y los gobiernos en turno, se le han quitado y redistribuido muchas de esas facultades al Presidente para acotarlo en su actuar y favorecer el equilibrio y control del poder.

La reingeniería constitucional que hoy vivimos es resultado de nuestro devenir histórico, y uno de sus principales instrumentos de control político y constitucional lo representan los Organismos Constitucionales Autónomos (OCAs).

Se trata de instituciones que fueron concebidas y creadas dentro del marco de la Carta Magna para asegurar la prestación de servicios públicos muy especiales, buscando que se ejecuten con un carácter técnico y alejados de los vaivenes políticos y partidarios que puedan entorpecen su función.

Dentro del universo de los OCAs, el primero en nacer fue el Banco de México —para garantizar la estabilidad financiera y la rectoría del desarrollo nacional del Estado—; le siguieron el IFE —en la actualidad sustituido por el INE—; la CNDH; el Inegi; y en esta administración los acuerdos políticos partidarios crearon otros seis más, aunque algunos académicos sostienen que la lista es mayor.

Destaco este proceso porque, después de ser testigos del desarrollo de los tres debates que los candidatos presidenciales han sostenido, ha quedado de manifiesto la ignorancia u olvido de las facultades constitucionales de los OCAs para determinar el alcance o factibilidad legal de muchas de sus promesas de campaña.

Hemos escuchado propuestas que comprometen acciones que corresponden a la nueva Fiscalía —como si su designación y funcionamiento aún dependiera del Presidente—; determinar políticas referentes a la evaluación educativa, cuando ya son materia de competencia del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; determinar el futuro en las contrataciones o fijar precios de bienes y servicios, que ya son facultades que competen a diversos organismos constitucionales dotados de autonomía constitucional.

La academia está tratando de teorizar y sistematizar el estudio y análisis de las funciones de los OCAs, para difundir y defender su labor de control constitucional del poder. Para conocer y entender este tema, se acaba de publicar el libro Organismos Constitucionales Autónomos, del Dr. Marco Antonio Zeind Chávez, y que en fecha reciente fue presentado por los doctores Sergio García Ramírez, Diego Valadés, Alejandro Carrillo Castro, así como el que suscribe este comentario.

El funcionamiento de esos instrumentos constitucionales deberá permitir que la buena marcha del país —en los temas que les han sido encomendados— no se interrumpa ni se desvíen sus políticas públicas por intereses políticos temporales.

Como Corolario la frase del expresidente francés François Mitterrand: “Una sociedad sobrevive gracias a sus instituciones”.

Redaccion Diario de Palenque

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