SCJN declara inconstitucional reconocer la vida humana desde la concepción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves inconstitucional reconocer a la vida humana desde la concepción, precepto que se utilizaba para perseguir y penalizar a mujeres que decidían interrumpir su embarazo.
La Sala Superior de la Corte atrajo la reclamación con respecto a la Constitución de Sinaloa, la cual pondera en igual equivalencia los derechos de una persona nacida con un producto no nato resultado de la fecundación en sus diferentes etapas: embrión, zigoto o feto.
Al respecto, el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena determinó que la acción de inconstitucionalidad es procedente, y explicó que este tipo de cláusulas en constituciones locales resultan inadmisibles a los ojos de la Carta Magna.
“Todo nuestro sistema legal, con sus obligaciones y derechos, está atado al concepto de ‘persona’ y este concepto siempre presupone de un ser humano nacido. Esto demuestra que aseverar que el embrión o feto son personas, implica adoptar una aproximación extremadamente inarticulada con el resto del mundo jurídico”.
El ministro precisó que dicha comparación atropella los derechos a decidir y de autonomía respecto a la reproducción de las mujeres y personas gestantes.
Esta decisión se dan en la misma semana en que la SCJN declaró como inconstitucional la penalización total del aborto.