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Tren Parlamentario

Para prevenir injusticias, toda detención deberá asentarse en base de datos nacional
VICENTE BELLO
Un debate lo es cuando hay argumentación y contra argumentación; confrontación de ideas. Discusión. La Guardia Nacional ya no concitaba nada de eso, en la mayoría del Pleno. Sólo posicionamientos en torno de un asunto en que tirios y troyanos parecían haberse de puesto de acuerdo ya, virtualmente en todo.
Ahora fue a la tribuna la diputada federal del PAN María del Pilar Ortega Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia:
“… La reforma constitucional sobre la Guardia Nacional permitió que dentro de sus contenidos se estableciera la facultad para que el Congreso expidiera esta Ley Nacional de Registro de Detenciones, como una respuesta justamente a la necesidad que tiene nuestro Estado mexicano de consolidar su sistema de derechos humanos, y con el objeto de lograr que este funcione.
“… El artículo 16 constitucional establece principios que son específicos respecto a las consideraciones que las autoridades deben adoptar para ejecutar las detenciones como poner al inculpado a disposición del juez sin dilación.
“La creación de un Registro Nacional de Detenciones es una respuesta deseable ante la situación actual que representa un peligro latente en el empleo de mecanismos como la tortura, la desaparición forzada, en casos de menores o vejaciones y maltratos por parte de autoridades policiales, pese a los esfuerzos legislativos que en los últimos tiempos se han dado para combatir estos fenómenos.
“De 2010 a 2013, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos recibió 7 mil denuncias de tortura y otros malos tratos formulados contra agentes federales. El mismo reporte da cuenta de 188 quejas por posibles actos de tortura, informes anuales de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
“Es de destacarse que desde que se implementó el sistema y la nueva política, se han incrementado radicalmente los índices del fenómeno de tortura en nuestro país. El CIDE señala que de diciembre de 2006 al 2017, se incrementó la tortura hasta en un mil por ciento.
“… Se propuso la creación del Registro de Detenciones con objeto de establecer un banco de datos actualizados con información que permita identificar y localizar a las personas inmediatamente a su detención por la probable comisión de un delito o por una posible infracción administrativa, por miembros de las instituciones de seguridad pública por mandato judicial, con el fin de prevenir violaciones a los derechos humanos de la persona detenida.
“En este sentido, el Registro Nacional de Detenciones formará parte del Sistema Nacional de Información en Seguridad Pública y tendrá como objetivo primordial la prevención a la violación de derechos humanos de las personas detenidas.
“Será una base de datos que concentre la información a nivel nacional sobre las personas detenidas por la comisión o probable comisión de un hecho delictivo o una falta administrativa o de gobierno durante las etapas del proceso penal o del procedimiento administrativo sancionador ante juez municipal o cívico respectivamente.
“El registro será no solamente actualizado y armonizado permanentemente con otras bases de datos para dar seguimiento a la localización física de las personas detenidas, sino que estará interconectado, lo cual permitirá su consulta en tiempo real.
“El Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, será el órgano encargado de regular la operación del Registro Nacional de Detenciones y de su correlativo sistema de información para lo cual considerará la normatividad en materia de protección de datos personales.
“La operación y administración del registro y del sistema de información, estará a cargo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la cual asegurará su adecuado y permanente funcionamiento y emitirá alertas y bloqueos cuando los usuarios manipulen de manera inusual los datos del registro o se violenten privilegios de acceso al mismo.
“Con ello se busca garantizar que cualquier persona con interés legítimo acceda a la información correspondiente y pueda localizar a la persona detenida con el propósito de combatir las detenciones arbitrarias y las desapariciones forzadas.
“Asimismo, se incluyen controles estrictos para el acceso de los servidores públicos, es decir, los sujetos obligados al registro, para lo cual la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana desarrollará la plataforma tecnológica que permita su administración y operación.
“En lo que respecta al procedimiento de suministro de información del registro, todas las instituciones que participen en el proceso de prevención, investigación y sanción de un delito tipificado por la ley o de una infracción administrativa, estarán obligadas a proporcionar información actualizada de las personas que se encuentren detenidas bajo su competencia y jurisdicción.
“Para ello se prevé que las instituciones de seguridad pública informen de manera inmediata sobre la detención de una persona, incluyéndose datos que hagan factible su identificación y las razones que dan origen a la privación de la libertad.
“En cuanto a las corporaciones de procuración de justicia, se prevé que proporcionen información actualizada al Registro Nacional, sobre las detenciones de su competencia. Las autoridades de ejecución de penas también deberán nutrir el registro informando sobre las personas privadas de la libertad que ingresen al sistema penitenciario.
“No obstante, todos estos mecanismos insertos dentro de este registro, también es necesario observar que todo instrumento legislativo es de naturaleza perfectible. Seguramente habrá adecuaciones que a lo largo de su implementación deberá sufrir esta reforma.
“… Es importante señalar la importancia que esta disposición normativa le dará a nuestro sistema jurídico mexicano y la forma en que abonará en la construcción de un Estado democrático de derecho cuya base fundamental es el respeto irrestricto a los derechos humanos de los mexicanos”. (Continuará)

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Redaccion Diario de Palenque

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