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Tren Parlamentario

El desmantelamiento de la impunidad electoral que Salinas prohijó en 1989
VICENTE BELLO
La Cámara de Diputados, con una reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, acaba de plantear ayer el fin de la impunidad electoral que un día (de 1989) sembró el entonces presidente Carlos Salinas de Gortari.
Llamó la atención de que fue una votación aprobatoria unánime. Con 407 votos en pro –y cero en contra-, fueron reformados los artículos 456 y 457 de la ley de marras.
¿En qué ha consistido la reforma? Pues que han incluido a los servidores públicos de todos los niveles como sujetos de sanción administrativa o penal para en casos de que solapen trapacerías electorales.
Santiago González Soto, diputado del PT, abrió la tribuna diciendo que han temido a los servidores públicos en un costal donde ya están los partidos políticos, las agrupaciones políticas, los aspirantes, los precandidatos, los candidatos y hasta los notarios públicos, “como sujetos de sanción administrativa aplicada por el Instituto Nacional Electoral”.
Y añadía el petista: “El mérito de este artículo 456 de la adición del inciso j), es la inclusión expresa de los servidores públicos de cualquier nivel de gobierno, de cualquiera de los niveles políticos, e inclusive de los órganos autónomos, sin perjuicio de la responsabilidad penal en el que se hayan ahora hasta multas de 5 mil unidades de medidas de actualización, en el supuesto de que se utilicen recursos públicos para la presión o coacción a los electores para inducir el sentido del voto, con multa de entre 5 mil a 10 mil unidades de medida y actualización, y en el supuesto de reincidencia con multa de hasta el doble de la originalmente impuesta”.
El PES, en voz de Eudoxio Morales Flores, añadía: “Estamos de acuerdo con incorporar a los servidores públicos al catálogo de sujetos que puedan ser acreedores a una sanción por trasgredir las leyes electorales, particularmente el que hacen uso de los recursos públicos. Incluso yo diría también de los recursos privados, incluso del lavado de dinero”.
El PRI se sumó a la aprobación unánime. Y en voz de su diputado Ricardo Aguilar Castillo, dijo: “Se establece la posibilidad de que el Instituto Nacional Electoral sancione, multe a funcionarios, entre los que se prevén también aquellos que ostentan un cargo de elección popular cuando realizan actos de propaganda en favor de un partido o candidato, que utilizan recursos públicos o violentan de cualquier manera la democracia mexicana”.
El PAN, a través del diputado Arturo Espadas, argumentó: “Este dictamen versa sobre responsabilidades de los servidores públicos, estableciendo una serie de sanciones a aquellas conductas que vienen a inmiscuirse en cuestiones que tienen que ver con la libertad del sufragio, la presión al electorado”.
Pero fue Pablo Gómez Álvarez, diputado de Morena, quien justificó el dictamen: “Hoy se consulta ante la Cámara un proyecto que tiene como propósito dejar atrás una impunidad inscrita en las leyes que este año cumplirá 30 de haber sido introducida en la legislación electoral de nuestro país.
“Hacia el año de 1989 (primer año de Salinas), en una reforma electoral, o al menos así llamada, se empeoraron varios preceptos de la vieja normativa. Uno de ellos fue que los servidores públicos que cometieran alguna transgresión administrativa a la Ley Electoral, deberían ser declarados en tal virtud de transgresores y enviarle al superior jerárquico el expediente para que este se hiciera cargo de aplicar la sanción. ¿Cuándo se aplicó la sanción? Nunca.
“¿Por qué? Porque esos servidores públicos eran denunciados ante la autoridad electoral. Por lo regular, no actuaban por decisión propia, sino bajo las órdenes justamente de su superior jerárquico.
“Entonces esta manera de darles impunidad, fue en verdad una genialidad jurídica, es decir, una gran tomadura de pelo para la República y para la ciudadanía.
“No es que queramos hacer arqueología, es que para poder llevar a cabo uno de nuestros propósitos dentro de nuestro programa de la cuarta transformación que consiste en luchar contra los privilegios y los sistemas de impunidad, este punto es un punto relevante, puesto que se trata justamente de la lucha electoral en la que los organismos públicos intervienen, utilizan a los empleados y luego les garantizan completa impunidad tanto a los empleados como a los jefes.
Un sistema electoral que tiene este precepto como el que queremos cambiar por completo el día de hoy, dejarlo atrás, es uno de los peores sistemas electorales que puede haber en un país en el mundo. Repartir impunidades desde la Ley Electoral, pues es la peor cosa que se puede hacer, y sin embargo se hizo. Esto ha sido parte de un sistema político. No es una cosa que ocurrió por equivocación, sino que estas reglas fueron mandadas a hacer.
“Si en algo nos pudimos unir, no es en la arqueología de lo que ha ocurrido antes, cada quien tiene sus versiones, sino de la tarea de desmontar la simulación, los privilegios y las impunidades. Hagámoslo como lo podemos hacer, el día de hoy la nación y la República nos lo habrán de reconocer”.
PAN y PRI propusieron, en una reserva, modificar el dictamen: quitar del artículo 457 dos palabras: “obligatoriamente” y “presentará”. Eran redundantes, innecesarias, según todos. Y las quitaron de común acuerdo.
Se congratulaba Porfirio Muñoz Ledo: “Con lo que quitamos, dos palabras que nosotros mismos habíamos puesto y que no cambia el sentido de la votación, nos merecemos el premio mundial del barroco. Sí lo meremos, se quita una frase que nosotros habíamos puesto”… Y la aprobaron y la turnaron al Senado.

Redaccion Diario de Palenque

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