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Nuevo aeropuerto, a consulta

RAÚL CONTRERAS BUSTAMANTE
Nuevo aeropuerto, a consulta
22 de Octubre de 2018
El surgimiento del constitucionalismo —como filosofía política— y del Estado de derecho a finales del siglo XVIII fue la reacción frente a los abusos del poder cometidos por los entonces monarcas absolutos en el mundo europeo y americano.
Dos de sus logros más significativos son: la sujeción de los detentadores del poder al imperio de la Constitución; y la idea de que la soberanía la ejerce el pueblo a través de sus representantes en el gobierno.
Surgió así el principio de legalidad —el cual ha sido recogido por nuestro sistema jurídico— que consiste en que las autoridades sólo pueden hacer aquello que de manera expresa les faculte la ley; en contraposición a la potestad de los particulares, quienes podemos hacer cualquier cosa que no nos esté prohibida por la ley.
Retomar esta idea tiene sentido para tratar de entender la consulta ciudadana para decidir el futuro del aeropuerto, que del 25 al 28 de octubre hará el gobierno electo.
Aunque se le ha dado en llamar “consulta ciudadana” al ejercicio plebiscitario que se pretende organizar, la verdad es que es algo que dista mucho de serlo. El artículo 35 de la Constitución consigna como uno de los derechos de los ciudadanos poder votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.
Como todo derecho, su ejercicio tiene sus reglas. La consulta debe ser convocada por el Congreso de la Unión —a petición del Presidente de la República—; por el equivalente a 33% de los integrantes de alguna de las Cámaras del Congreso; o bien, por al menos 2% de los inscritos en la lista nominal de electores, es decir, poco más de setecientos ochenta y ocho mil ciudadanos.
El Instituto Nacional Electoral tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de las consultas, las cuales se deberán realizar el mismo día en que ocurra una jornada electoral federal.
La realización de este ejercicio de consulta no reúne ninguno de estos requisitos. Al parecer, está siendo convocada y financiada por el partido político Movimiento Regeneración Nacional, ya que el gobierno electo aún no tiene facultades legales para hacerlo.
Luego entonces, no se trata de un ejercicio plebiscitario convocado por el gobierno y, por lo tanto, no se debe invocar la improcedencia del proceso, porque ninguna ley les prohíbe hacerlo.
Pero el resultado de una votación de esta naturaleza tampoco podrá tener un carácter vinculante respecto de la decisión final. Al no ser un procedimiento legal, cuando llegue el momento, el próximo Presidente deberá tomar —bajo su estricta responsabilidad— la definición del futuro de este tema tan trascendente para el país.
Si bien el ejercicio previsto es cuestionable —como también es criticable el vacío de poder del gobierno de Peña Nieto— conviene recalcar que quienes realizarán la consulta lo harán a título particular, ya que, en pocas palabras, aún no son autoridades.
Confiemos en que a partir del 1º de diciembre, los actos del próximo gobierno que entrará en funciones se conducirán con apego a la Constitución, al Estado de derecho y al principio de legalidad, que son las columnas principales de toda democracia.
Como Corolario, las ideas del profesor alemán Karl Loewenstein: “El Estado Constitucional y el constitucionalismo se resumen como el mejor medio para dominar y evitar el abuso del poder político de los gobernantes”.

Redaccion Diario de Palenque

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