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Tren Parlamentario

La reforma de Estado que viene

VICENTE BELLO

El Congreso mexicano trabaja actualmente en dos periodos ordinarios de sesiones: uno del 1 de septiembre al 15 de diciembre y otro del 1 de febrero al 30 de abril. Pues ayer, el influyente diputado morenista Porfirio Muñoz Ledo -de la mano con dos de sus correligionarias, Dolores Padierna y Karla Yuritzi- ha propuesto que se reforme la Constitución para ampliar un mes el primero, comenzando a partir del 1 de agosto.

El antecedente más inmediato sobre la ampliación de un periodo ordinario ocurrió en la 58 Legislatura, de 2000 a 2003, cuando el segundo periodo ordinario se agrandó 15 días, ya no del 15 de febrero al 30 de abril, sino a partir del 1 de febrero a la misma fecha de terminación.

Ahora, quienes proponen reformar para tales efectos el artículo 65 constitucional, argumentan que, “con el paso del tiempo, se ha observado que las dinámicas políticas cada vez más complejas a las que está sometido el Congreso de la Unión, lo han obligado a ir más allá de los periodos de sesiones ordinarias, convocando a sendos periodos extraordinarios para cumplir con los plazos constitucionales y legales que le determinan y obligan para ejercer sus facultades y obligaciones con mayor eficacia y eficiencia”.

Ante la asamblea de la Permanente, Porfirio ha insistido en que “al modificar la fecha del inicio del primer periodo de sesiones, lograríamos resolver adecuadamente el problema de la ampliación de los periodos de sesiones, respetar los tiempos electorales, coadyuvar al buen funcionamiento de la Comisión Permanente, del trabajo en los Plenos y en Comisiones y propiciar mayores espacios para alcanzar los acuerdos y entendimientos entre las fuerzas políticas que nuestro país demanda”.

Pero lo que ha dicho Muñoz Ledo tampoco es nuevo. Es el mismo argumento con que especialistas del derecho parlamentario han venido planteando desde hace cuando menos 20 años -desde los tiempos de la histórica 57 Legislatura-, que los periodos ordinarios abarquen más días.

Hasta 1986, el Congreso mexicano venía aupado sobre una tradición centenaria de muy pocos días de sesionar: su primer periodo ordinario de sesiones era del 1 de noviembre al 15 de diciembre y del 15 de abril al 15 de julio.

En 1993, en otra reforma al 65 constitucional, los periodos quedaron así: del 1 de septiembre al 15 de diciembre y del 15 de marzo al 30 de abril.  Un mes más. En 1986 habían decretado los diputados y senadores que no tendrían que sesionar ordinariamente más allá de los cinco meses. Ahora serían seis.

A partir de 2003, el Congreso, con su recorrimiento al 1 de febrero, comenzó a sesionar seis meses y medio, y allí se sostiene.

Todavía lejos del promedio de sesionar de nueve meses y medio de los congresos y parlamentos latinoamericanos, adheridos en el Parlatino, al que México pertenece.

¿Qué hace el Congreso mexicano cuando no hay periodos ordinarios de sesiones? Justifica sus actividades a través de una Comisión Permanente, como la actual, cuyo Pleno integrado está con 19 diputados federales y 18 senadores.

Es decir, un total de 37 legisladores representa, en periodos de receso legislativo, a 628: 500 diputados federales y 128 senadores.

El Congreso mexicano se mueve durante el año en dos velocidades o ritmos. En tiempos de periodos ordinarios, su función de control político -la esencial, incluso más importante que la otra que tiene, la de hacer leyes-  puede ser más dinámica y hacerle al contrapeso constitucional al Ejecutivo Federal y a los poderes autónomos.

En tiempos de periodos ordinarios, el Estado mexicano a través de sus instituciones equilibrar un poco más el poder público. Un equilibrio que históricamente ha sido débil. Sobre todo, a partir de 1880, cuando comenzaban los tiempos de Porfirio Díaz, con un régimen dictatorial que sirvió de escuela al régimen no menos dictatorial que en 1927 inauguraba Plutarco Elías Calles bajo las siglas de un partido que una década después evolucionaba en lo que se conoció como el Pri.

En momentos de receso legislativo, el Congreso mexicano, verbigracia, no puede construir leyes y, tampoco, puede realizar posicionamientos contundentes de control político o de contrapeso constitucional.

Cuando está en lapsos de receso legislativo, el Congreso mexicano es más débil todavía ante el Ejecutivo Federal que en sus momentos de periodos ordinarios. De ahí que el Pri y el Pan insistieran tanto en que los periodos ordinarios no crecieran.

No es ocioso el hecho de que las 14 iniciativas de reforma a los artículos 65 y 66 constitucionales, acumuladas de la 57 legislatura a la actual, nunca hayan salido de las gavetas congeladas de las comisiones legislativas de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores.

Lo que plantea Porfirio y compañía, ya lo han propuesto muchos otros legisladores en anteriores legislaturas, acaso motivados por estudiosos mexicanos del derecho parlamentario y del derecho parlamentario comparado.

Estudiosos que, durante años, han insistido en que es necesario para la oxigenación de la República rediseñar las instituciones del Estado mexicano. Un rediseño que, rigurosamente, deberá incluir la reconfiguración de los periodos ordinarios de sesiones del Congreso General de México.

La diferencia entre aquellas 14 iniciativas y la de ayer, es la historia personal de quien la plantea, Porfirio Muñoz Ledo, quien, por añadidura, es considerado el dínamo histórico de reformas propias del Estado mexicano. Fue, por ejemplo, el promotor principal de la reforma del Estado de enero de 1995, con la que comenzó la población mexicana a sacudirse el desventurado yugo con que el Pri tenía sujetado al país.

 

Redaccion Diario de Palenque

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