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Mes de la declaración anual

 Mes de la declaración anual

En los últimos cinco años, esta presentación ha ido en aumento.

SAT, invitó a todos los contribuyentes hacer sus pagos antes de que finalice el mes y anunciaron que se encuentran listas las dos aplicaciones en el portal del organismo.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que con el mes de abril inicia el denominado mes de la declaración anual para personas físicas que vence el día 30 de este mismo mes, por lo que exhortó a cumplir en tiempo con este compromiso impositivo; si hay saldo a favor, éste será reembolsado.
En rueda de prensa los representantes del SAT hicieron la invitación a los contribuyentes a realizar su declaración anual, y anunciaron que se encuentran listas las dos aplicaciones en el portal del organismo para que se realice la presentación de la declaración anual 2014 y en caso de que tengan saldo a favor, la SHCP devolverá los impuestos en 5 días a los asalariados y en 10 a los que perciben otros ingresos.
Añadieron que las dos aplicaciones tienen precargados los datos de identificación del contrayente, sus ingresos y retenciones en el caso de salarios, además de los ingresos por intereses con la información proporcionada por las instituciones financieras.
Los representantes del SAT señalaron que la declaración anual de Impuesto Sobre la Renta (ISR) es la obligación tributaria de las personas físicas más expandida de todas, por lo que para la institución, abril es un mes de mucha actividad.
En los últimos cinco años, la presentación de la declaración anual ha ido en aumento.
El SAT ha recibido el año pasado al cierre del plazo casi 3 millones de declaraciones y 4 millones 700 mil al terminar el año, lo que representa un reto enorme facilitar la presentación de la declaración anual, por lo que se ha dispuesto de una serie de acciones.
En ese sentido se indicó que para la presentación de la declaración, hay dos herramientas en el portal del SAT sat.gob.mx asalariados, para lo que perciben ingresos únicamente por salarios, y Declara SAT para todas las personas físicas que perciben ingresos por honorarios, arrendamiento y actividades empresariales.

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