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Publican en el DOF Ley federal de Revocación de Mandato

 Publican en el DOF Ley federal de Revocación de Mandato

Este martes 14 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la nueva Ley Federal de Revocación de Mandato, misma que entrará en vigor a partir del día de mañana.

De acuerdo con la publicación, la Ley de Revocación es de orden público y de observancia en el ámbito federal en todo el territorio nacional y tiene como objetivo regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

Asimismo se destaca que el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los Consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

“El proceso de revocación de mandato es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”, se lee en el documento.

Cabe señalar que el proceso de revocación de mandato solamente procederá a petición de las personas ciudadanas en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

Los requisitos para  para solicitar, participar y votar en el proceso de revocación de mandato son:

  • Tener la ciudadanía mexicana, de conformidad con el artículo 34 de la Constitución;
  • Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral;
  • Contar con credencial para votar vigente expedida por el Registro Federal de Electores, y
  • No contar con sentencia ejecutoriada que suspenda sus derechos políticos.

Además cabe señalar que las personas ciudadanas mexicanas que residan en el extranjero podrán ejercer su derecho al voto en la revocación de mandato, aplicándose en lo conducente lo dispuesto en la Ley General.

Redaccion Diario de Palenque

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