El punto G de la economía

 El punto G de la economía

por Roberto Dionicio Pérez
carton-grandeLa reforma financiera (AFORES)
En la reforma financiera aprobada por el Congreso de la Unión se encuentra la creación del Buro de Entidades Financieras, el fortalecimiento las aseguradoras, afianzadoras y AFORES, la nueva regulación de los fondos de inversión, los SOFIPOS (Sociedades Financieras Populares) su marco legal y promoción del crédito, y mayor control del mercado de valores.
En esta ocasión se abordara lo relativo a las AFORES que es un eje económico principal de un trabajador ya que este recurso económico es devengado de su salario directo, para su futuro y sostenimiento. Al 31 de enero del 2014 el sector del SAR (Sistema de Ahorro para el Retiro) estaba integrado por 11 AFORES y el PENSIONISSSTE que en su conjunto administra 77 sociedades de inversión especializadas en fondo para el retiro (SIEFORES). Las AFORES administra al cierre del 31 de enero 2014, 2,048,392 millones de pesos, que representan el 15.7 por ciento de los activos totales del sistema financiero mexicano siendo después de la banca, el sector que mayor recursos maneja. La cantidad bajo administración de las AFORES equivale aproximadamente al 12% del PIB a cifras del 2013.
Las AFORES administra 50.8 millones de cuentas individuales al cierre de enero del 2014, cuyos titulares son los trabajadores, siendo probablemente el intermediario financiero que mayor penetración se tenga en la población del país. En lo concerniente a las reformas a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (LSAR), éstas fueron en el mismo sentido que para las instituciones de seguro; en la cual se reformo el artículo 21 de la LSAR para permitir la inversión extranjera hasta el 100% en el capital social de las AFORES.
Igualmente, se excluye de la prohibición de la participación en el capital social de las AFORES a los gobiernos extranjeros, salvo cuando sea por razones prudenciales de manera temporal por programa de apoyos o rescate financiero, así como entidades o agencias de fomento que, a juicio de la autoridad mexicana, no ejerzan funciones de autoridad, ni sus órganos de gobierno sean controlador por su respectivo gobierno.
Congruente con estas reformas en la LSAR, se derogó el inciso de la fracción III del artículo 7 de la Ley de Inversiones Extranjeras que establecía como límite máximo el 49% de participación extranjera en el capital social de las AFORES. Asimismo, se modificó el artículo 23 de la LSAR para prever que se requerirá permiso de la CONSAR, no solo en el supuesto de adquisición de acciones que representen el 5% o más del capital social de una AFORE, sino también la incorporación de un nuevo socio titular de un porcentaje del 5% o más del capital social de ésta. Por otra parte, se modifican varias fracciones del artículo 100 para incrementar el monto de diversas sanciones administrativas.
Cabe destacar que el SAR es un segmento del sistema financiero mexicano que se estableció en el ya aprobado Tratado de Libre Comercio con Canadá, Estados Unidos y México, lo cual de inicio se le dio un carácter global. En ese sentido la reforma confirma el proceso de internacionalización del SAR y al igual que el sector de seguros, lo cual tiene como objetivo fundamental el fortalecimiento del capital de las AFORES en beneficio de los trabajadores.
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