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Congelan ley de salarios de AMLO

POR: EBER ALEGRIA PÉREZ

En México existen 4 funcionarios públicos con un sueldo mayor al del presidente de la República, pese a existir una legislación que lo prohíbe.
El presidente de México, por ley, debe ser quien tenga más percepciones, según la reforma al artículo 127 constitucional donde se establece que ningún servidor público podrá recibir mayor remuneración por el desempeño de su función que la fijada para el jefe del Ejecutivo.
Ante tales hechos, el pasado viernes 07 de Diciembre del año en curso. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que señala que ningún funcionario debe ganar más de los 108 mil pesos que percibe al mes el Presidente de la República.

Lo anterior, obedece a que actualmente el ministro Alberto Pérez Dayán, su salario asciende a 578 mil pesos mensuales, ganando 19, 266.66 pesos diarios; con este salario diario, se pagaría al mes a un empleado de gerente u otro puesto. Y si le agregamos que en su mayoría se gana entre 8 mil a 10 mil pesos mensuales; con su solo salario diario de este ministro se estaría pagando a dos empleados.

Por eso, al admitir a trámite una acción de inconstitucionalidad interpuesta por senadores de oposición, el ministro Alberto Pérez Dayán expuso que dicha suspensión no impide a la Cámara de Diputados subir o bajar los sueldos como lo considere, pero sí le prohíbe utilizar la ley, impulsada por Morena, para asignarlos.

Así, los salarios tendrán que ser fijados según los artículos 75, 94 y 127 de la Constitución, y el tercero transitorio de la reforma de 2009 a la Carta Magna, que puso como tope el sueldo del Presidente.

En el caso de jueces, magistrados, ministros de la SCJN, consejeros de la Judicatura y los electorales, deberán respetarse sus salarios, pues se encuentran protegidos por la propia Constitución.

De esta forma, el Congreso deberá elaborar en los próximos días el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019, como lo hizo cuando avaló el del ejercicio fiscal 2018, tomando en cuenta lo que dicta la Constitución y valorando la situación presupuestal.

“En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión deberá fijar las remuneraciones que correspondan a los empleos establecidos por ley, específicamente el del Presidente de la República, para los efectos de los artículos 75 y 17, con apoyo únicamente en las bases que el mismo texto fundamental previene para tales casos”, expone el acuerdo.

De momento, el Congreso deberá fijar los sueldos como siempre lo ha hecho, sin aplicar la Ley de Salarios y tomando en cuenta las propuestas enviadas por cada dependencia u organismo público.

La suspensión concedida por Pérez Dayán surte efectos en lo inmediato, sin que pueda modificarse o revocarse, y estará vigente hasta que el pleno de la SCJN analice las acciones de inconstitucionalidad presentadas por una minoría de senadores (de PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano e independientes) y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), lo cual podría ocurrir en los primeros meses del próximo año.

Derivado de lo anterior, los Senadores presentan ante la Corte el recurso de reclamación a la suspensión que otorgaron en contra de la Ley de Remuneraciones.

En el nuevo proyecto de egresos de la federación se debe considerar ya la reducción de salarios y el fin de los privilegios de funcionarios de alto mando, para poder impactar en los salarios de la base trabajadora mexicana, que son quienes más lo necesitan.

Redaccion Diario de Palenque

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