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Reforma Laboral inconclusa

15 de Septiembre de 2018
La Teoría de la Constitución sostiene que el respeto a la Ley Fundamental es esencial para que tanto detentadores del poder como los destinatarios deban regir sus actos, a efecto de mantener vigente el pacto social, garantizar la paz y tener estabilidad social. El cumplimiento de las normas constitucionales es el imperativo primordial de un Estado de derecho.
El 24 febrero del año pasado fue publicada en el Diario Oficial de la Federación una reforma laboral mediante la cual se dispuso la supresión de las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje —como instituciones responsables de la resolución de las diferencias o conflictos entre trabajadores y patrones—; para ser sustituidas por los tribunales laborales dependientes del Poder Judicial de la Federación.
Dicha enmienda constitucional estipuló que antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a una instancia conciliatoria que estará a cargo de un organismo descentralizado al que le corresponderá, además, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como la resolución de todos los procesos administrativos relacionados.
El segundo artículo transitorio de la reforma señaló la obligación del Congreso de la Unión y de las legislaturas locales para realizar —dentro del año siguiente de la entrada en vigor— las adecuaciones legislativas necesarias para dar cumplimiento al mandato constitucional. Hoy en día, a más de un año y medio de la publicación de la reforma, esto no se ha efectuado y por lo tanto aún no está vigente.
Ello mantiene una incertidumbre jurídica entre los empleados de las juntas, los litigantes, la academia, y lo peor, entre patrones y trabajadores.
Las actuales autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social calculan que el proceso de transición del cierre de las juntas llevará cuando menos cinco años, en razón de terminar los procesos actuales; y al mismo tiempo comenzar a instituir a los nuevos tribunales.
A decir de los especialistas en Derecho Laboral, se trata de una reforma de tal envergadura que requerirá la modificación de más de un centenar de leyes. Dentro de la propia academia se le ha criticado porque adolece de muchos defectos y además, de ser incompleta en materia de seguridad social; e incluso, se le llega a calificar como neoliberal.
¿Podrá la reforma laboral planteada aspirar a tener éxito, cuando antes de operar ya ha probado sus deficiencias en el diseño? Haber dado un plazo tan corto para llevar a cabo cambios legislativos tan profundos pone en evidencia la falta de reflexión y compromiso al ser aprobada.
Habrá que esperar a conocer la postura de la nueva administración al respecto y ver lo que determine el Congreso a la hora de aprobar el Presupuesto de Egresos, respecto del gasto presupuestal que el Poder Judicial de la Federación necesita para la creación de la estructura de los futuros tribunales laborales.
El nuevo gobierno tiene que definir si la reforma va a operar o será modificada. Lo que no puede suceder es ignorar la obligación de hacer que el texto constitucional sea vigente y positivo, porque ello es un imperativo supremo.
Como Corolario, las palabras del ex presidente estadunidense, Al Gore: “El respeto a las instituciones es importante, pero no tanto como el respeto a la Constitución”.

Redaccion Diario de Palenque

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