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Trump contraataca, impone aranceles a bebidas alcohólicas

 Trump contraataca, impone aranceles a bebidas alcohólicas

La imposición unilateral de aranceles al acero y al aluminio de México, anunciada el pasado 31 de mayo (lo cual entró en vigor el 1 de junio), el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, rompió una aparente armonía lograda entre su país, México y Canadá en la compra y venta de bebidas alcohólicas de las tres naciones.

Y es que, en respuesta, el gobierno mexicano anunció que también aplicaría aranceles a diferentes productos estadounidenses, los cuales confirmó y precisó este martes en el Diario Oficial de la Federación.

Entre ellos se encuentra el denominado Whisky “Tennessee” o whisky Bourbon, al que se le aplicaría a partir de este día hasta 25% de aranceles, por lo que será cuestión de días para que los consumidores de éste resientan el aumento del precio.

Esto viene a romper parte del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, que como anexo 313 establecía lo siguiente:

Canadá y México reconocerán el whisky bourbon y el whisky Tennessee, que es un whisky bourbon puro cuya producción se autoriza sólo en el estado de Tennessee, como productos distintivos de Estados Unidos. En consecuencia, Canadá y México no permitirán la venta de producto alguno como whisky bourbon y whisky Tennessee, a menos que se hayan elaborado en Estados Unidos de acuerdo con las leyes y reglamentaciones de Estados Unidos relativas a la elaboración de whisky bourbon y de whisky Tennessee .
México y Estados Unidos reconocerán el whisky canadiense como producto distintivo de Canadá. En consecuencia, Estados Unidos y México no permitirán la venta de producto alguno como whisky canadiense, a menos que se haya elaborado en Canadá de acuerdo con las leyes y reglamentaciones de Canadá relativas a la elaboración de whisky canadiense para su consumo en Canadá.
Canadá y Estados Unidos reconocerán el tequila y el mezcal como productos distintivos de México. En consecuencia, Canadá y Estados Unidos no permitirán la venta de producto alguno como tequila o mezcal, a menos que se hayan elaborado en México de acuerdo con las leyes y reglamentaciones de México relativas a la elaboración de tequila y mezcal. Esta disposición se aplicará al mezcal, ya sea a la fecha de entrada en vigor de este Tratado, o 90 días después de la fecha en que el gobierno de México haga obligatoria la norma oficial para este producto, lo que ocurra más tarde.

Redaccion Diario de Palenque

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